La Auditoría Superior del Estado de Coahuila dejó establecido que, tras la presentación del Informe Anual de Resultados derivado de la revisión de las cuentas públicas y de los informes de avance de gestión financiera correspondientes al ejercicio fiscal 2024
Se activa de manera formal la etapa de promoción de responsabilidades contra los entes fiscalizados que no solventaron observaciones ni atendieron las recomendaciones emitidas durante el proceso de auditoría.
De conformidad con el artículo 67, fracción XXXIV de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, la Auditoría Superior tiene como responsabilidad principal revisar la gestión financiera y el correcto uso de los recursos públicos ejercidos por los Poderes del Estado, los organismos públicos autónomos, los municipios, las entidades paraestatales y paramunicipales, así como cualquier ente público estatal o municipal que haya manejado recursos de origen público.

Una vez entregado el Informe Anual de Resultados, la ASE inicia la integración de los expedientes de responsabilidades, los cuales constituyen el principal insumo para analizar, investigar y clasificar los hechos u omisiones detectados en las observaciones no solventadas.
Este proceso tiene como objetivo determinar el tipo de responsabilidad administrativa o penal que pudiera haberse cometido, conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones legales aplicables.
En aquellos casos en los que la Auditoría determine la existencia de daños o perjuicios a la hacienda pública derivados de faltas administrativas no graves, se procederá conforme a los mecanismos previstos en la ley.
No obstante, cuando de la revisión de las cuentas públicas y de los informes de avance de gestión financiera se desprendan hechos que pudieran constituir faltas administrativas graves, la Auditoría iniciará las investigaciones correspondientes y, en su caso, remitirá los expedientes de responsabilidad administrativa al Tribunal de Justicia Administrativa.

Entre las faltas administrativas graves previstas en la legislación se encuentran conductas como cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, abuso de funciones, utilización indebida de información, tráfico de influencias, nepotismo, enriquecimiento oculto, contratación indebida, encubrimiento, simulación de actos jurídicos y obstrucción de la justicia.
Estas faltas pueden ser sancionadas con suspensión de 30 a 90 días, destitución del cargo, sanciones económicas e inhabilitación de uno hasta 20 años, dependiendo de la gravedad del daño causado.
Asimismo, la Auditoría Superior del Estado está facultada para presentar denuncias y querellas penales ante la Fiscalía Especializada cuando se detecten probables delitos derivados de las auditorías practicadas, además de coadyuvar en las investigaciones y procesos judiciales tanto en la etapa de investigación como en la judicial.

El alcance de las acciones no se limita únicamente a servidores públicos.
La ASE también puede remitir expedientes al Tribunal de Justicia Administrativa cuando advierta la posible comisión de faltas administrativas graves por parte de particulares o personas morales, como soborno, colusión, tráfico de influencias, uso indebido de recursos públicos, contratación indebida de exservidores públicos u obstrucción de facultades de investigación, las cuales pueden derivar en sanciones económicas, inhabilitaciones e indemnizaciones.
Con este marco legal, la Auditoría Superior del Estado refuerza su papel como órgano fiscalizador y de control, advirtiendo que las irregularidades en el manejo de recursos públicos no quedarán impunes y que los expedientes de responsabilidades avanzarán hasta sus últimas consecuencias legales
NRT MÉXICO COBERTURA TOTAL 360*
