La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que no procede la solicitud del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que cuatro ministros se excusaran de una discusión sobre la reforma judicial.
El Tribunal Electoral había solicitado que los ministros Norma Piña, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Láynez y Jorge Pardo Rebolledo no participaran en el análisis de un proyecto relacionado con las elecciones judiciales de 2025. Según el TEPJF, la Corte no tiene facultades para decidir sobre sus atribuciones.
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El proyecto en cuestión, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, busca que todas las autoridades respeten las suspensiones provisionales dictadas contra la reforma judicial, aprobada en septiembre de 2024.
La SCJN revisó decisiones del Tribunal Electoral sobre la reforma para determinar si esta institución puede eliminar los efectos de una suspensión otorgada en un juicio de amparo. Tras analizar el caso, los ministros concluyeron que la solicitud del TEPJF era improcedente.
Ante esta decisión, la magistrada Mónica Soto, presidenta del Tribunal Electoral, afirmó que su institución defenderá sus facultades y no cederá ante presiones externas.
Durante la sesión del TEPJF, Soto señaló que el juicio de amparo no debe aplicarse en asuntos electorales y recordó que las sentencias del tribunal son definitivas y deben cumplirse.
Asimismo, destacó que el TEPJF ha sabido adaptarse a cambios legales y seguirá fundamentando sus resoluciones conforme a la Constitución.
Con esta decisión, la Suprema Corte mantiene su postura sobre la validez de las suspensiones de amparo en temas de reforma judicial. Mientras tanto, el Tribunal Electoral insiste en su autonomía para resolver asuntos en materia electoral.
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